Según el Artículo 29 de la Constitución Nacional, “El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Nadie podrá ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio. En materia penal, la ley permisiva o favorable, aun cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable. Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso”
Este artículo abre las puertas para que cualquier persona infrinja la ley, se burle de ella, entre y salga cuando quiera, invoca derechos fundamentales. Las leyes parecen que hubieran sido hechas no para castigar al delincuente, sino para protegerlo. En los juicios aplican el uso del testigo falso y las acusaciones se desvirtúan tanto que dejan vencer los términos. Al final hay que soltar al delincuente o darle casa por cárcel. La justicia da su respuesta de cajón, “queda en libertad pero sigue vinculado al proceso”
Por eso es normal y común escuchar el adjetivo presunto en el léxico periodístico. Nadie se atreve a decir el delincuente, el sicario, el guerrillero, el paramilitar, el asesino, el violador, el estafador, el ladrón, el político corrupto, etc., etc., sin antes anteponerle el adjetivo presunto o presuntamente-Todavía no ha sido vencido en juicio- Pero hay casos de casos.
Ejemplos: El presunto violador fue cogido en flagrancia, infraganti, con las manos en la masa por la madre de la víctima, nada de eso hace cambiar la presunción de inocencia. Otro, existen los vídeos que identifican plenamente los sicarios que asesinaron al comerciante, nada de eso contraría la presunción de inocencia. Y uno último, hombre celoso mata a su mujer en presencia de sus hijos y vecinos, ira de intenso dolor aducen los abogados defensores, presunción de inocencia.
No es sano que las normas protejan al delincuente en vez de proteger al ciudadano. Si alguien me atraca y me quita lo que llevo, yo no puedo hacer uso de ninguna defensa, como disparar al malhechor, porque termino en la cárcel por intento de homicidio. –Ahí si la ley no presume la inocencia- Qué barbaridad. Parece que los delincuentes calculan las penas por el acto cometido, se declaran culpable y reciben rebajas de penas. Esto puede ser el origen de la justicia por su propia mano.
Presunto, presuntamente, son las palabras más utilizadas diariamente en televisión, radio y prensa para referirse a los diferentes delincuentes que trasgreden la ley en Colombia. Sería saludable revisar el artículo 29 de la constitución de 1991. No podemos seguir siendo vulnerables ante tanta violencia e inseguridad, y menos presenciar los grandes robos al erario público. El fundamento del cuento, “toda persona es inocente hasta que no se le declare culpable”, caramba, ni porque fueron cogidos en flagrancia, el delincuente sabe que la ley lo ampara. -Aquí aparece la sana crítica del administrador de justicia -(https://es.wikipedia.org/wiki/Sana_cr%C3%ADtica)
Y si nos referimos a Cartagena, la situación de inseguridad es alarmante. Se volvió común tantos asesinatos, sin inmutar a los ciudadanos y menos a las autoridades distritales. Como tampoco inmuta en lo más mínimo, que muchas obras de los últimos tres gobiernos distritales no aparezcan, ni siquiera iniciadas, algunas medio terminadas y otras entregadas sin el lleno de los requisitos. – Es un mal síntoma que indica el adormecimiento de la conciencia ciudadana- Sería ideal que Cartagena entre al Portal de transparencia económica del gobierno nacional dentro del programa Gobierno en Línea- www.pte.gov.co Invito a mis queridos lectores que entren al Sistema de Información de la alcaldía de Cartagena y saquen sus propias conclusiones. http://www.cartagena.gov.co/