Electricaribe

Lecciones del caso Electricaribe


Por Paula Angarita*

Hace menos de una semana, Santa Marta vivió una suspensión del servicio de energía por más de 15 horas. Las quejas de los ciudadanos recordaron los peores años en que Electricaribe estuvo a cargo del servicio de energía, el cual se prestaba de manera irregular y que terminó en la intervención de la compañía por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en 2016.

Esto parece ser un círculo vicioso sin salida. Los usuarios sostienen que no pagan porque el servicio es irregular, fomentando la cultura del no pago; el operador afirma que no presta un buen servicio por falta del capital para hacer inversiones necesarias, aún cuando recibe subsidios de la nación; y el Estado no cumple con el deber de control y vigilancia que le corresponde al tercerizar un servicio. Sin embargo, estas discusiones no deberían darse luego de que la Constitución de 1991 estableció un mercado regulado por el Estado, para asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos. 

Luego del cambio de operador y una inversión estatal de alrededor de 6 billones de pesos para poder continuar con la operación, resulta paradójico que los ciudadanos sigan viviendo con una prestación deficiente del servicio de energía. Más aún en el contexto de la pandemia, en el cual varios derechos y servicios esenciales se pueden ver afectados por los cortes de luz, tales como la salud, el trabajo en casa, la educación virtual o el acceso al agua. 

Dado que la realidad no ha cambiado y el servicio de energía eléctrica es una condición del derecho a la vivienda digna, es importante dar una mirada a fondo a la controversia entre Gas Natural Fenosa y el Estado en el ámbito internacional. Para presentar dos aspectos claves, por qué en la región se continúan presentando fallas en el servicio y cuáles serían los nuevos retos para los nuevos operadores Aire Energía y Afinia EMP para cumplir con la prestación de este servicio público como fin social del Estado.

Gas Natural Fenosa en 2017 decidió demandar en el arbitraje de inversiones a Colombia como consecuencia de la intervención de Electricaribe, argumentando un supuesto incumplimiento a las cláusulas del Tratado Bilateral de Inversión entre Colombia y España. El Tribunal desestimó la demanda bajo argumento de que el inversionista no fue lo suficientemente diligente antes de su inversión para comprender las operaciones de Electricaribe, o más en general el negocio de electricidad en la costa caribe, un punto importante para poder prestar un servicio de calidad. Y por ende, desestimó la indemnización solicitada por la compañía por los daños causados por alrededor de USD 1,300 millones.

Gas Natural Fenosa, por su parte, alegó falta de capacidad de pago de los usuarios y la existencia de una cultura de no pago respaldada por la jurisprudencia. El Tribunal argumentó que lo anterior no justifica el mal manejo de la compañía y la mala prestación del servicio esencial en tanto que las condiciones socioeconómicas de los usuarios debieron ser conocidas por el inversionista antes de entrar a operar. Y adicional, porque la nación subsidia más del 50% de las tarifas de energía que debe pagar la población en estratos 1, 2 y 3 y otra parte se cubre mediante la contribución de la facturación de los estratos 5 y 6 y del sector industrial y comercial. Generando los recursos necesarios para prestar un buen servicio y hacer las inversiones estratégicas para ello.

Por otro lado, se expuso que Gas Natural Fenosa debió estructurar una estrategia técnica y económica, que asegurara una buena prestación del servicio, desde su ingreso al mercado en el Caribe. De acuerdo con las cifras, la demanda de electricidad en la región durante 2009 y 2016 creció un 33% y por el contrario la base de inversión de Electricaribe fue de sólo un 13%. Está claro que esta fue deficiente para proporcionar el nivel mínimo de servicio requerido por la ciudadanía y repercute en la actual prestación del servicio, en tanto que muchas de las instalaciones eléctricas ya no funcionan correctamente y toca reemplazarlas en su totalidad. Esto es uno de los retos de los nuevos operadores, poder continuar las inversiones que ha venido realizando la nación desde la intervención. 

No obstante, hay un punto adicional que no fue objeto de análisis del laudo y es que el Estado no tomó las medidas necesarias a tiempo para que la situación en torno a la falta de continuidad del servicio y los daños materiales ocasionados a los usuarios se convirtiera en el día a día. Este punto es de tal importancia, dado que la ausencia de inspección, control y vigilancia permitió que se trasladara una carga a los usuarios y se afectará el erario público.

La semana pasada, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios anunció que procederá con la liquidación de Electricaribe y por tanto terminará con la administración temporal que rige desde 2016. Se espera que con lo discutido en el laudo arbitral y los análisis y decisiones que se han venido tomando, los nuevos operadores del servicio no repitan las malas decisiones del pasado y se logre generar una buena relación entre la prestación del servicio y el usuario.

 

* Investigadora de Dejusticia.


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