HORRORES SECRETOS DE LA INQUISICIÓN (3).
Al finalizar algunas de las historias secretas de la Inquisición cartagenera, describiré las penas que el Tribunal imponía a los condenados, y los horrores vividos por estos.
1.LAS PENAS DE LOS CONDENADOS.
En la entrega anterior, hemos mostrado como las escenas de los Auto de fe han puesto al descubierto, las penas que imponía la Inquisición; sin embargo, véase una sistematización complementaria de estas, a continuación.
1.1 La cárcel.
La condena mayor la representa la cadena perpetua, acompañada de la confiscación de bienes de los herejes y reconciliados. La pena se pagará no sólo en las cárceles de la Inquisición: la falta de cupo determina que se utilicen los castillos, conventos, hospitales y hasta la casa del condenado.
1.2 Las marcas infamantes.
Son diversas y de variada duración, que van desde un largo período, hasta la muerte del condenado. Pero aún después de muerta la persona, la marca infamante puede ser exhibida de manera perpetua en la principal iglesia local.
Las marcas más importantes fueron:
*La coroza:
Una especie de mitra que se exhibe con signos infamantes, acorde con la esencia de “la falta cometida”.
*El saco de loco:
Para aquellas personas consideradas como desviadas mentales.
*Martillos de fieltro: dibujados en los vestidos de los presos en libertad condicional; de igual manera también podían ser dibujadas lenguas de fuego para los calumniadores condenados; a los judíos se les dibujaba un círculo amarillo de cuatro dedos de diámetro.
*El sambenito:
Era la marca infamante más importante y se obligaba a usarlo, a aquellos blasfemos y herejes de faltas consideradas graves. Su nombre deriva del latín saccus benedictus o saco bendito, ya que el cura del lugar lo bendecía antes de ser usado por el penitente.
El saco puede llevar también figuras diabólicas, la Cruz de San Andrés (para los condenados que lloraban sus penas y mostraban arrepentimiento), o dos grandes cruces diagonales.
Finalmente, a los entregados a la justicia ordinaria, en un Auto de Fe, se les vestía con un sambenito de color negro, con dibujos de llamas, figuras diabólicas y de otras clases.
1.3 La flagelación:
Los azotes los sufren hombres y mujeres sin distingo de edad y se considera una pena general y necesaria.
Las víctimas, desnudas hasta la cintura, recorren las calles de la ciudad bajo el l´tigo del verdugo, y las piedras del grueso del pueblo que las acompañan. La sentencia máxima podía ser fijada hasta en 200azotes; la más común fue la de 100 latigazos, muy utilizada en Cartagena de Indias, para castigar a las mujeres practicantes de la hechicería y la brujería.
1.4 Las galeras:
Fueron recomendadas por el rey Fernando El Católico para castigar a los herejes; las víctimas eran sentenciadas a un plazo máximo de seis años, en contraposición con las leyes de la justicia ordinaria que establece condenas a perpetuidad.
Las condiciones infrahumanas de los condenados a remar determinaron, casi siempre,
que las víctimas muriesen antes de cumplir su sentencia.
1.5 La hoguera:
La Inquisición nunca tuvo facultades para quitar la vida a ninguno de los condenados por esta.
En el caso necesario, el condenado era “relajado”, es decir, entregado a la justicia ordinaria (el brazo secular) para que procediera a su ejecución; este no podía negarse de llevar a los condenados a la horca o a la hoguera, de manera alternativa o sucesiva.
Javier de Juan (1985), en su libro: La Inquisición, afirma al respecto:
“El brazo secular no puede sustraerse. Según una bula del Papa Inocencio IV (1185-1254) estos jueces deben so pena de ser excomulgados y perseguidos como herejes, sentenciar a muerte todo condenado hereje de su jurisdicción”.
A la hoguera serán condenados los herejes impenitentes, y los reincidentes y contumaces, es decir quienes persisten en los errores y faltas que se le atribuyen.
Sin embargo, en algunos casos, los condenados pueden ser indultados. Lo cual equivale a conmutar la pena por cadena perpetua.
Por ello, para la Inquisición, el perdón y la reconciliación, nunca significaron la excusa total de la pena; si a un condenado se le perdonaba una pena, de inmediato recaía otra sobre él. El objetivo era establecer una rigurosa disciplina y “purificar” las almas y para ello, lo más adecuado es el castigo.
1.6 El exilio o destierro:
Expulsar a las víctimas de la población donde residían, era una de las penas más comunes, para evitar las “malas influencias”. Sin embargo, el destierro se combinaba con otras, como, por ejemplo, destierro y confiscación de bienes, destierro con azotes y años en las galeras del rey, y otras formas.
2. LAS PENAS, EN SÍNTESIS, MAGISTRAL.
En síntesis, la página web www. bernat.es menciona las siguientes:
Relajación al brazo secular (pena de muerte)
Pena de destierro.
Pena de Cárcel.
Pena de galeras.
Pena de vergüenza pública con azotes.
Pena de vergüenza publica sin azotes.
Pena pecuniaria.
Pena de hábito penitencial o sambenito.
Incapacitaciones.
Penitencias espirituales. (Consultado, abril 12.2021).
De estas diferentes maneras los inquisidores se libraban de quienes eran acusados de ser enemigos de la corona, de la iglesia católica y de los miembros de sus propias ordenes sacerdotales.
En Cartagena de Indias estas penas fueron aplicadas a miles de personas nativas, afrodescendientes y extranjeras, siendo las más afectadas las acusadas de practicar una fe religiosa distinta a la católica y las acusadas de hechicería y brujería:
La misoginia, es decir, el odio, el rechazo y la aversión hacia la mujer, y en general a todo lo relacionado con lo femenino, cobró gran cantidad de víctimas entre las pobladoras de la Provincia de Cartagena, el antiguo Bolívar Grande de Ayer (actuales departamentos de Sucre, Córdoba y Bolívar) y el Departamento del Atlántico.
Ubaldo Elles. (2017) en el libro de su autoría: “La Inquisición: Una Historia Prohibida” afirma a este respecto:
“Ante el auge de la brujería (en las actuales sabanas de Bolívar) y en Cartagena de Indias, la Inquisición decidió construir nueve nuevas cárceles secretas para recluir en estas, tanta gente que se dedicaba a las prácticas referenciadas. De esta forma, el 26 de marzo de 1634, se realizó un Auto de Fe en el cual fueron condenados 25 reos, 21 de los cuales eran acusados de brujería, a quienes se les penitenció, después de torturarlas en el potro a 100 y 200 azotes y al pago de multas en dinero corriente”.
Finalmente, sobresale, también, el sacrificio en la hoguera de cinco condenados en el siglo XVII y la condena del mestizo Luis Andrea (Mohán del dios indígena Buziraco) en el primer Auto de Fe realizado en la ciudad en 1614.
Con los afectos de siempre:
UBALDO JOSÉ ELLES QUINTANA.